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Резидент

Мир сегодня с "Юрий Подоляка"

Труха⚡️Україна

Николаевский Ванёк

Лачен пише

Реальний Київ | Украина

Реальна Війна

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⚖️ABOGADOS DISIDENTES
Ya estamos hartos de ver los típicos despachos y cómo funcionan. Despachos de profesionales que, serán excelentes en lo suyo, pero que a ti no te representan. ¿No estás harto de no sentirte escuchado?
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CHAT ABOGADOS DISIDENTES
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31.03.202523:59
1.8KПадпісчыкаў27.02.202523:59
200Індэкс цытавання28.02.202509:48
3.2KАхоп 1 паста28.02.202509:48
3.2KАхоп рэкламнага паста25.01.202523:59
38.89%ER22.02.202509:49
189.78%ERRПераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️

29.03.202520:29
Todo lo que se va consiguiendo es gracias al trabajo de los abogados, Antonio Barrera y Florentino García, del despacho ABOGADOS DISIDENTES. 🙏
Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️

20.04.202507:58
Hoy se cumplen 655 días del injusto encarcelamiento del juez Fernando Presencia, castigado por atreverse a denunciar la corrupción que corroe las instituciones del Estado. Mientras la sociedad guarda silencio, indiferente o resignada, él sigue resistiendo y luchando desde prisión, fiel a su compromiso con la verdad y la justicia.
Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️



22.03.202508:40
🔴Europa Press publica que: “La declaración en la AN de un socio de ACODAP, la entidad liderada por el juez Presencia que lucha contra la corrupción, convence al magistrado Piña sobre la derogación actual de los delitos de difamación por la ley 2/2023 de protección del informante, y que ahora, informar públicamente acerca de las cuentas en paraísos fiscales de políticos, jueces y fiscales, es ya un derecho, y no un delito.”
La normativa española y europea sobre la lucha contra la corrupción ha derogado del Código Penal los delitos de injurias y calumnias; y ahora la información sobre corrupción de autoridades y funcionarios públicos ya no se presume falsa como antes, sino que habrá de investigar en un procedimiento administrativo que se sigue ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI), de manera que el informante ya no es el que tiene que demostrar la verdad de las imputaciones, sino que es la administración la que tiene que demostrar, en su caso, que es falsa la información.
Entrar a leer enlace: https://search.app/xkX6CmVyZ3qwpHG79
La normativa española y europea sobre la lucha contra la corrupción ha derogado del Código Penal los delitos de injurias y calumnias; y ahora la información sobre corrupción de autoridades y funcionarios públicos ya no se presume falsa como antes, sino que habrá de investigar en un procedimiento administrativo que se sigue ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI), de manera que el informante ya no es el que tiene que demostrar la verdad de las imputaciones, sino que es la administración la que tiene que demostrar, en su caso, que es falsa la información.
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Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️

01.04.202514:59
Le temen, le tienen pánico. Y no es casualidad. Saben quién es, lo que representa y lo que defiende. No es miedo, es terror. Porque la verdad incomoda, porque la justicia duele cuando se ha vivido en la impunidad. Que sigan temblando.
Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️

27.03.202508:31
🔴El juez Presencia se querella contra los dos magistrados de la AN cercanos al PP y responsables de su encarcelamiento ilegal, García-Castellón y Antonio Piña, exigiendo que se suspenda la declaración del próximo 31 de marzo hasta que se le reconozca su derecho a la Autodefensa, que le ha reconocido el Tribunal Supremo.
En el escrito de querella que se ha hecho público hoy, el equipo jurídico de ACODAP, la Asociación Contra la Corrupción liderada por el juez Presencia, denuncia que el magistrado decano de Talavera de la Reina no está legalmente en situación de prisión, sino que su encarcelamiento, absolutamente ilegal, se acordó sin que exista sobre él ningún auto de ingreso en prisión.
Lo que desde la cárcel se intenta explicar como un error atribuible solo a los jueces, arranca del auto del 21 de julio de 2023 en el que el exmagistrado ya jubilado y cercano al PP, García-Castellón, acordó la libertad provisional del juez Fernando Presencia pero, sin embargo, prohibió a la cárcel y al juzgado penal que llevaba supuestamente la ejecutoria su excarcelación sin la previa autorización de la Audiencia Nacional.
Esta situación absolutamente ilegal, que se viene arrastrando desde hace casi dos años, es la que ha llegado al magistrado Antonio Piña, que ha sustituido a García-Castellón en el Juzgado Central de Instrucción número 6.
Piña, sin embargo, se resiste a corregir el error, bajo la excusa absurda de que el juez Presencia no tiene derecho a la Autodefensa y que, por tanto, no puede hacer peticiones en el procedimiento, tramitado como D.P. 50/2021
Así las cosas, el equipo jurídico de ACODAP ha presentado hoy mismo una querella contra ambos magistrados de la AN, García-Castellón y Antonio Piña, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Por su parte, el juez Fernando Presencia ha recusado al magistrado Antonio Piña por enemistad manifiesta, interés directo y denuncia previa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Presencia también ha pedido al juzgado de la Audiencia Nacional que suspenda la declaración señalada para el próximo 31 de marzo hasta que no se le reconozca su Derecho a Autodefensa, derecho que por otra parte, ya le había reconocido el propio Tribunal Supremo.
✅Querella:
https://t.me/juezFernandoPresencia/3699
En el escrito de querella que se ha hecho público hoy, el equipo jurídico de ACODAP, la Asociación Contra la Corrupción liderada por el juez Presencia, denuncia que el magistrado decano de Talavera de la Reina no está legalmente en situación de prisión, sino que su encarcelamiento, absolutamente ilegal, se acordó sin que exista sobre él ningún auto de ingreso en prisión.
Lo que desde la cárcel se intenta explicar como un error atribuible solo a los jueces, arranca del auto del 21 de julio de 2023 en el que el exmagistrado ya jubilado y cercano al PP, García-Castellón, acordó la libertad provisional del juez Fernando Presencia pero, sin embargo, prohibió a la cárcel y al juzgado penal que llevaba supuestamente la ejecutoria su excarcelación sin la previa autorización de la Audiencia Nacional.
Esta situación absolutamente ilegal, que se viene arrastrando desde hace casi dos años, es la que ha llegado al magistrado Antonio Piña, que ha sustituido a García-Castellón en el Juzgado Central de Instrucción número 6.
Piña, sin embargo, se resiste a corregir el error, bajo la excusa absurda de que el juez Presencia no tiene derecho a la Autodefensa y que, por tanto, no puede hacer peticiones en el procedimiento, tramitado como D.P. 50/2021
Así las cosas, el equipo jurídico de ACODAP ha presentado hoy mismo una querella contra ambos magistrados de la AN, García-Castellón y Antonio Piña, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Por su parte, el juez Fernando Presencia ha recusado al magistrado Antonio Piña por enemistad manifiesta, interés directo y denuncia previa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Presencia también ha pedido al juzgado de la Audiencia Nacional que suspenda la declaración señalada para el próximo 31 de marzo hasta que no se le reconozca su Derecho a Autodefensa, derecho que por otra parte, ya le había reconocido el propio Tribunal Supremo.
✅Querella:
https://t.me/juezFernandoPresencia/3699
Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️



24.03.202508:59
🔴El Gobierno propone al catedrático,Manuel Villoria, como Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI), y a partir de su nombramiento el magistrado de la AN, Antonio Piña, pondrá en libertad al juez Presencia encarcelado ilegalmente por denunciar la corrupción.
En una nota de prensa hecha pública hoy, la Asociación Contra la Corrupción, liderada por el juez Presencia, advierte que la ley 2/2023, de 20 de febrero, considera que son represalias los procedimientos judiciales abiertos contra los denunciantes de corrupción.
De la misma manera, los jueces y magistrados que no procedan al archivo inmediato de estos procedimientos podrán ser sancionados por la AAI, como autores de una sanción muy grave de represalias, con multas que van desde los 30.000 a los 300.000 euros.
Según la asociación, las mismas sanciones se impondrán a los jueces y magistrados que no alcen, de manera inmediata, las medidas cautelares y los ingresos en prisión que se hubieran acordado en estos procedimientos, constitutivos de represalias a los denunciantes de corrupción.
Según fuentes judiciales, el magistrado Antonio Piña, titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, pondrá en libertad al juez Presencia una vez sea nombrado el catedrático, Manuel Villoria, como nueva Autoridad Independiente de Protección del Informante.
https://www.economistjurist.es/noticias-juridicas/el-gobierno-propone-al-catedratico-manuel-villoria-para-la-autoridad-que-protegera-al-denunciante-de-corrupcion/
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En una nota de prensa hecha pública hoy, la Asociación Contra la Corrupción, liderada por el juez Presencia, advierte que la ley 2/2023, de 20 de febrero, considera que son represalias los procedimientos judiciales abiertos contra los denunciantes de corrupción.
De la misma manera, los jueces y magistrados que no procedan al archivo inmediato de estos procedimientos podrán ser sancionados por la AAI, como autores de una sanción muy grave de represalias, con multas que van desde los 30.000 a los 300.000 euros.
Según la asociación, las mismas sanciones se impondrán a los jueces y magistrados que no alcen, de manera inmediata, las medidas cautelares y los ingresos en prisión que se hubieran acordado en estos procedimientos, constitutivos de represalias a los denunciantes de corrupción.
Según fuentes judiciales, el magistrado Antonio Piña, titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, pondrá en libertad al juez Presencia una vez sea nombrado el catedrático, Manuel Villoria, como nueva Autoridad Independiente de Protección del Informante.
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Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️

30.03.202511:00
🔴Es ilegal que la ministra Montero afirme públicamente que la sentencia absolutoria de Dani Alves sea “una vergüenza” y que la declaración de la víctima está por encima de la presunción de inocencia, según advierte el equipo jurídico de la ACODAP, la Asociación contra la Corrupción liderada por el juez Presencia.
Según la nota de prensa hecha pública hoy, la Asociación Denunciante de Corrupción advierte que la Directiva UE 2016/343, por la que se refuerza en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia, indica taxativamente que “se vulnera la presunción de inocencia si las declaraciones públicas de las autoridades públicas se refieren a un sospechoso o acusado como culpable mientras no se haya aprobado su culpabilidad con arreglo a la ley”.
Sigue diciendo el comunicado, refiriéndose a la Directiva Europea, que “por declaraciones públicas efectuadas por las autoridades públicas debe entenderse cualquier declaración que se refiera a una infracción penal y que emane, por ejemplo, de las autoridades judiciales, la policía y otras autoridades con funciones policiales u otra autoridad pública, como ministros u otros cargos públicos”.
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Según la nota de prensa hecha pública hoy, la Asociación Denunciante de Corrupción advierte que la Directiva UE 2016/343, por la que se refuerza en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia, indica taxativamente que “se vulnera la presunción de inocencia si las declaraciones públicas de las autoridades públicas se refieren a un sospechoso o acusado como culpable mientras no se haya aprobado su culpabilidad con arreglo a la ley”.
Sigue diciendo el comunicado, refiriéndose a la Directiva Europea, que “por declaraciones públicas efectuadas por las autoridades públicas debe entenderse cualquier declaración que se refiera a una infracción penal y que emane, por ejemplo, de las autoridades judiciales, la policía y otras autoridades con funciones policiales u otra autoridad pública, como ministros u otros cargos públicos”.
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Пераслаў з:
Galo Dabouza

28.03.202507:22
COMPRIMIDOS DE INJUSTICIA CONTRA LA CEGUERA es una serie de artículos breves destinados a abrir los ojos de aquellos ciudadanos que todavía creen que España es un estado de derecho.
Es decir, aquellos que se han creído que las administraciones y los jueces cumplen, aunque sea un poquito, las leyes que nos han impuesto, porque así nos lo cuentan los medios mercenarios de desinformación.
Dijo Lenin " Contra los cuerpos la violencia, contra las almas la mentira".
Y como contra la mentira no hay mejor antídoto y medicina que unos comprimidos de verdad, aquí van.
Galo Dabouza.
Es decir, aquellos que se han creído que las administraciones y los jueces cumplen, aunque sea un poquito, las leyes que nos han impuesto, porque así nos lo cuentan los medios mercenarios de desinformación.
Dijo Lenin " Contra los cuerpos la violencia, contra las almas la mentira".
Y como contra la mentira no hay mejor antídoto y medicina que unos comprimidos de verdad, aquí van.
Galo Dabouza.
Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️

28.03.202517:54
🔴Acabo de hablar con el juez Presencia va todo viento en popa.
Suspenden la declaración del 31/3 por tercera vez. Mañana nota de prensa. Estad todos bien atentos.
NI UN PASO ATRÁS‼️
Suspenden la declaración del 31/3 por tercera vez. Mañana nota de prensa. Estad todos bien atentos.
NI UN PASO ATRÁS‼️
Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️



24.03.202516:08
🔴 Queridos amigos y seguidores,
Cada día estoy más cerca de la libertad y de volver a estar con vosotros. Nos han dado la razón, pero la lucha aún no ha terminado. Debemos seguir adelante, sin miedo y con más fuerza.
Os necesito a mi lado. Vuestra ayuda y compromiso han sido esenciales, y lo seguirán siendo. No podemos rendirnos ahora. Sigamos juntos hasta el final.
Gracias de corazón.🙏
📲Métodos de ayuda rápida:
– Bizum: 686659291
– Bizum: 613035429
💳Transferencias a:
– IBAN: ES96 0081 2803 1000 0307 6911
✅ Únete a mi canal de Telegram: https://t.me/juezFernandoPresencia
Cada día estoy más cerca de la libertad y de volver a estar con vosotros. Nos han dado la razón, pero la lucha aún no ha terminado. Debemos seguir adelante, sin miedo y con más fuerza.
Os necesito a mi lado. Vuestra ayuda y compromiso han sido esenciales, y lo seguirán siendo. No podemos rendirnos ahora. Sigamos juntos hasta el final.
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Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️



01.04.202507:54
🔴El juez Presencia le pide a la AN que corrija todos los errores que han cometido con él y con sus hijas menores de 3 y 7 años de edad, que aún siguen procesadas, y ordene de una vez el archivo definitivo de las actuaciones y su puesta en libertad.
El escrito que ha sido dirigido hoy al juez central de instrucción número 6 de la Audiencia Nacional (AN), dice así:
“Otro sí primero digo que, procedo al sustituto legal del recursado (esta vez Santiago Pedraz) a dejar sin efecto todas las medidas cautelares acordadas en el presente procedimiento, tanto las personales dirigidas contra el juez Presencia en el auto de 21 de julio de 2023, que deberá ser corregido para ordenar al centro penitenciario de Topas (Salamanca) su excarcelación definitiva; como las dirigidas contra sus dos hijas menores de 3 y 7 años de edad, cuya investigación ordenada por el juzgado debe ser declarado que ha sido debida exclusivamente a un error material; debiéndose declarar igualmente que las medidas cautelares, tanto personales como patrimoniales, acordadas en relación con ACODAP han sido debidas también a un error material al no haber sido llamada nunca la asociación con las garantías previstas en el artículo 119 de la LECrim; debiéndose dejar sin efecto, de la misma manera, todas las demás medidas cautelares acordadas en relación con el resto de los investigados; debiendo proceder finalmente el juzgado a la convocatoria de todas las partes a una vista en la que se debata lo oportuno para el archivo de las presentes actuaciones en los términos previstos en el artículo 38.5 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción”.
✅ Únete a mi canal de Telegram: https://t.me/juezFernandoPresencia
El escrito que ha sido dirigido hoy al juez central de instrucción número 6 de la Audiencia Nacional (AN), dice así:
“Otro sí primero digo que, procedo al sustituto legal del recursado (esta vez Santiago Pedraz) a dejar sin efecto todas las medidas cautelares acordadas en el presente procedimiento, tanto las personales dirigidas contra el juez Presencia en el auto de 21 de julio de 2023, que deberá ser corregido para ordenar al centro penitenciario de Topas (Salamanca) su excarcelación definitiva; como las dirigidas contra sus dos hijas menores de 3 y 7 años de edad, cuya investigación ordenada por el juzgado debe ser declarado que ha sido debida exclusivamente a un error material; debiéndose declarar igualmente que las medidas cautelares, tanto personales como patrimoniales, acordadas en relación con ACODAP han sido debidas también a un error material al no haber sido llamada nunca la asociación con las garantías previstas en el artículo 119 de la LECrim; debiéndose dejar sin efecto, de la misma manera, todas las demás medidas cautelares acordadas en relación con el resto de los investigados; debiendo proceder finalmente el juzgado a la convocatoria de todas las partes a una vista en la que se debata lo oportuno para el archivo de las presentes actuaciones en los términos previstos en el artículo 38.5 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción”.
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⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️



28.03.202508:17
🔴El equipo jurídico de ACODAP le pide al Tribunal Constitucional que ordene al director de la cárcel de Topas, Carlos García García, que ponga en libertad al juez Presencia porque no existe sobre él ninguna resolución judicial que justifique actualmente su ingreso en prisión, que fue acordado ilegalmente hace ya casi dos años por una decisión “política”.
Esto es lo que se pide en el escrito que el equipo jurídico de ACODAP, la Asociación Contra la Corrupción liderada por el juez Presencia, presentó ayer mismo ante la sede electrónica del Tribunal Constitucional para su unión al procedimiento seguido como recurso de amparo 819/2025C.
En este dice lo siguiente:
“Que a la vista del escrito de que de ella que adjunto acompaño y de los documentos que se interesen, solicito la adopción de medidas CAUTELARÍSIMAS, consistentes en que, por parte de la sala a la que me dirijo, se adopten las medidas necesarias para que, por parte del Centro Penitenciario de Topas (Salamanca), se proceda a la excarcelación de nuestro presentado, habida cuenta que sobre el mismo ningún juzgado en la actualidad tiene acordado por auto su ingreso en prisión, ya sea con carácter provisional o en calidad de penado, ordenando de esta manera el cumplimiento de lo prevenido en el artículo 16.3 y 4 del Reglamento Penitenciario”.
✅Querella:
https://t.me/juezFernandoPresencia/3699
Esto es lo que se pide en el escrito que el equipo jurídico de ACODAP, la Asociación Contra la Corrupción liderada por el juez Presencia, presentó ayer mismo ante la sede electrónica del Tribunal Constitucional para su unión al procedimiento seguido como recurso de amparo 819/2025C.
En este dice lo siguiente:
“Que a la vista del escrito de que de ella que adjunto acompaño y de los documentos que se interesen, solicito la adopción de medidas CAUTELARÍSIMAS, consistentes en que, por parte de la sala a la que me dirijo, se adopten las medidas necesarias para que, por parte del Centro Penitenciario de Topas (Salamanca), se proceda a la excarcelación de nuestro presentado, habida cuenta que sobre el mismo ningún juzgado en la actualidad tiene acordado por auto su ingreso en prisión, ya sea con carácter provisional o en calidad de penado, ordenando de esta manera el cumplimiento de lo prevenido en el artículo 16.3 y 4 del Reglamento Penitenciario”.
✅Querella:
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⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️



26.03.202508:40
🔴La Audiencia de Valencia corregirá a la juez de Catarroja y anulará la imputación de Salomé Prada como principal responsable del sumario de la dana, porque no es la Generalitat sino el Estado quien debe ser declarado responsable civil subsidiario por el desbordamiento del barranco del poyo al ser competencia de la CH del Júcar, su gestión por la ley de aguas, como ya viene advirtiendo el juez Presencia.
Lo mismo ocurrió con el sumario por la rotura de la presa “de Tous”, que fue anulado varias veces, llegando incluso a ser corregidos los jueces por el Tribunal Supremo porque no se terminaba de encontrar un responsable penal que fuera capaz de desplegar la Responsabilidad Civil Subsidiaria del Estado que ya exigía el Código Penal entonces vigente.
Por esa razón, y para despejar las dudas, la Ley de aguas 29/985, de 8 de agosto, estableció que la gestión de los recursos hídricos, y entre ellos los cauces y los ríos, es de las Confederaciones Hidrográficas (CH).
En el caso del barranco del poyo, su gestión es competente de la CH del Júcar, que además pertenece a la Administración del Estado a través del Ministerio para la Transición Ecológica, cuya titularidad, y máxima responsable del 29 de octubre de 2024 era Teresa Ribera.
Salomé Prada era la Consejera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana cuando se desbordó el barranco del poyo y, además, presidía el CECOPI, que es la autoridad máxima para gestionar las emergencias.
Pero la competencia para advertir y declarar estas emergencias, cuando se trata de una riada, corresponde a la Confederación Hidrográfica (en este caso la del Júcar), que es quien debe hacer las lecturas de los sensores instalados en los cauces y debe ser quien advierta del peligro de posibles avenidas.
El máximo responsable de la CH del Júcar es Miguel Polo Cebellán, que sin embargo no aparece tampoco como investigado en el sumario de la dana.
Y mientras que no se dirija el procedimiento contra alguna autoridad o funcionario de la administración central, no se podrá desplegar la Responsabilidad CivilSubsidiaria del Estado que exige el artículo 121 del Código Penal actualmente vigente.
✅ Únete a mi canal de Telegram: https://t.me/juezFernandoPresencia
Lo mismo ocurrió con el sumario por la rotura de la presa “de Tous”, que fue anulado varias veces, llegando incluso a ser corregidos los jueces por el Tribunal Supremo porque no se terminaba de encontrar un responsable penal que fuera capaz de desplegar la Responsabilidad Civil Subsidiaria del Estado que ya exigía el Código Penal entonces vigente.
Por esa razón, y para despejar las dudas, la Ley de aguas 29/985, de 8 de agosto, estableció que la gestión de los recursos hídricos, y entre ellos los cauces y los ríos, es de las Confederaciones Hidrográficas (CH).
En el caso del barranco del poyo, su gestión es competente de la CH del Júcar, que además pertenece a la Administración del Estado a través del Ministerio para la Transición Ecológica, cuya titularidad, y máxima responsable del 29 de octubre de 2024 era Teresa Ribera.
Salomé Prada era la Consejera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana cuando se desbordó el barranco del poyo y, además, presidía el CECOPI, que es la autoridad máxima para gestionar las emergencias.
Pero la competencia para advertir y declarar estas emergencias, cuando se trata de una riada, corresponde a la Confederación Hidrográfica (en este caso la del Júcar), que es quien debe hacer las lecturas de los sensores instalados en los cauces y debe ser quien advierta del peligro de posibles avenidas.
El máximo responsable de la CH del Júcar es Miguel Polo Cebellán, que sin embargo no aparece tampoco como investigado en el sumario de la dana.
Y mientras que no se dirija el procedimiento contra alguna autoridad o funcionario de la administración central, no se podrá desplegar la Responsabilidad CivilSubsidiaria del Estado que exige el artículo 121 del Código Penal actualmente vigente.
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25.03.202509:00
🔴Querellada por prevaricación la magistrada que archivó la denuncia del juez Presencia contra el fiscal “Demetrio” de Talavera y su esposa -que construyeron un chalet en el cauce de un río-, por decir en la resolución que, “si bien los hechos relatados en la denuncia pueden ser constitutivos de infracción penal, los denunciados son desconocidos”.
Esto es lo que dice el auto acordado por el juzgado número 2 de Talavera de la Reina, del que precisamente es titular el magistrado Fernando Presencia Crespo, en sus D.P. 25/2021.
La resolución, que fue notificada personalmente al juez decano de Talavera de la Reina el pasado 11 de marzo, dice textualmente que “en el supuesto de autos, si bien los hechos relatados en la denuncia pueden ser constitutivos de infracción penal, no puede continuarse la causa sin la presencia de un investigado, cuya declaración resulta imprescindible en la instrucción de la causa, siendo el sobreseimiento provisional de la resolución que, en abstracto, procede a dar cabida a casos como el presente, en el que, aun cuando los hechos relatados en la denuncia pudieran ser constitutivos de infracción penal, no existen en principio indicios para atribuir su perpetración a persona alguna.”
Y sigue diciendo la resolución que, “las presentes diligencias previas se incoaron en virtud de auto de fecha 20 de enero del 2021, habiendo transcurrido sobradamente el plazo de 12 meses, que prevé el artículo 324 LECrim, sin que se haya acordado la prórroga de la instrucción, ni se haya podido identificar a ningún investigado”.
La denuncia a la que se refiere el auto, fue la que interpuso el juez Presencia y la Asociación contra la Corrupción, que lidera (ACODAP), contra el fiscal Ángel “Demetrio” de la Cruz Andrade, su esposa, María García García, y los comisarios de aguas del Tajo, Javier Díaz Regañón Jiménez y José Antonio Díaz Lázaro-Carrasco.
En aquella denuncia se hacía referencia al delito medioambiental que habían cometido el fiscal de la Ciudad de la Cerámica y su esposa al construir el chalet donde vivían ambos en el cauce de un río.
En concreto, se trata del Arroyo de la Fuente o Berrenchin, en el término municipal de Pepino.
Para ello, ambos denunciados contaron con la complicidad de los comisarios de aguas, también denunciados, que dejaron de ejecutar la resolución que ellos mismos acordaron, ordenando la demolición del chalet.
Así lo afirmaba además el fiscal de Medio Ambiente de Madrid, César Estirado, que le pedía al juzgado de instrucción que primero conoció de las actuaciones, interesándole que continuara la investigación de la causa contra los cuatro denunciados.
La Audiencia Provincial de la capital madrileña ordenó la incoación del procedimiento, si bien terminó enviándolo a los juzgados de Talavera de la Reina.
Fue la AP de Toledo la que planteó cuestión de competencia y elevó las actuaciones al Tribunal Supremo, quien se la devolvió al juzgado para que fuera él quien planteara la cuestión.
Esto ocurrió el 10 de abril de 2023. Sin embargo, lejos de poner los hechos en conocimiento del juzgado de lo penal que condenó al Juez Presencia por calumnias, para que revisara la sentencia, el juzgado de instrucción aguantó la causa abierta durante los casi dos años que lleva encarcelado ilegalmente el magistrado por un delito que nunca cometió.
Ha sido ahora la magistrada que ocupa temporalmente el juzgado del decano de Talavera de la Reina, quien ha reconocido los hechos a modo de arrepentimiento, ante la inminente vuelta a su plaza del juez Presencia.
📃DOCUMENTO: https://t.me/juezFernandoPresencia/3691
Esto es lo que dice el auto acordado por el juzgado número 2 de Talavera de la Reina, del que precisamente es titular el magistrado Fernando Presencia Crespo, en sus D.P. 25/2021.
La resolución, que fue notificada personalmente al juez decano de Talavera de la Reina el pasado 11 de marzo, dice textualmente que “en el supuesto de autos, si bien los hechos relatados en la denuncia pueden ser constitutivos de infracción penal, no puede continuarse la causa sin la presencia de un investigado, cuya declaración resulta imprescindible en la instrucción de la causa, siendo el sobreseimiento provisional de la resolución que, en abstracto, procede a dar cabida a casos como el presente, en el que, aun cuando los hechos relatados en la denuncia pudieran ser constitutivos de infracción penal, no existen en principio indicios para atribuir su perpetración a persona alguna.”
Y sigue diciendo la resolución que, “las presentes diligencias previas se incoaron en virtud de auto de fecha 20 de enero del 2021, habiendo transcurrido sobradamente el plazo de 12 meses, que prevé el artículo 324 LECrim, sin que se haya acordado la prórroga de la instrucción, ni se haya podido identificar a ningún investigado”.
La denuncia a la que se refiere el auto, fue la que interpuso el juez Presencia y la Asociación contra la Corrupción, que lidera (ACODAP), contra el fiscal Ángel “Demetrio” de la Cruz Andrade, su esposa, María García García, y los comisarios de aguas del Tajo, Javier Díaz Regañón Jiménez y José Antonio Díaz Lázaro-Carrasco.
En aquella denuncia se hacía referencia al delito medioambiental que habían cometido el fiscal de la Ciudad de la Cerámica y su esposa al construir el chalet donde vivían ambos en el cauce de un río.
En concreto, se trata del Arroyo de la Fuente o Berrenchin, en el término municipal de Pepino.
Para ello, ambos denunciados contaron con la complicidad de los comisarios de aguas, también denunciados, que dejaron de ejecutar la resolución que ellos mismos acordaron, ordenando la demolición del chalet.
Así lo afirmaba además el fiscal de Medio Ambiente de Madrid, César Estirado, que le pedía al juzgado de instrucción que primero conoció de las actuaciones, interesándole que continuara la investigación de la causa contra los cuatro denunciados.
La Audiencia Provincial de la capital madrileña ordenó la incoación del procedimiento, si bien terminó enviándolo a los juzgados de Talavera de la Reina.
Fue la AP de Toledo la que planteó cuestión de competencia y elevó las actuaciones al Tribunal Supremo, quien se la devolvió al juzgado para que fuera él quien planteara la cuestión.
Esto ocurrió el 10 de abril de 2023. Sin embargo, lejos de poner los hechos en conocimiento del juzgado de lo penal que condenó al Juez Presencia por calumnias, para que revisara la sentencia, el juzgado de instrucción aguantó la causa abierta durante los casi dos años que lleva encarcelado ilegalmente el magistrado por un delito que nunca cometió.
Ha sido ahora la magistrada que ocupa temporalmente el juzgado del decano de Talavera de la Reina, quien ha reconocido los hechos a modo de arrepentimiento, ante la inminente vuelta a su plaza del juez Presencia.
📃DOCUMENTO: https://t.me/juezFernandoPresencia/3691
Пераслаў з:
⚖️JUEZ PRESENCIA⚖️



24.03.202515:10
🔴El equipo jurídico de ACODAP, la Asociación Contra la Corrupción liderada por el juez Presencia, se querella contra los directores de las prisiones de Logroño y Topas (Salamanca) y varios jueces y fiscales por el “escándalo de los expedientes disciplinarios falsos en las cárceles españolas dependientes del Ministerio del Interior”.
La querella, que ha sido presentada hoy ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, se dirige contra los directores de las cárceles de Topas, Carlos García García, y de Logroño, Laura Peña Sánchez.
También figuran como querellados varios jueces y fiscales de Salamanca y La Rioja, entre ellos, los jueces de Salamanca, Gregorio Álvarez Álvarez y José María Mateos Martín, así como la jueza de Logroño, Emma Vitoria Marín, la fiscal, Blanca Sanz Altana, y el secretario judicial, José Javier Marcos Sola.
Los hechos denunciados guardan relación con el “escándalo de los expedientes disciplinarios falsos en las cárceles españolas” descubierto por el equipo jurídico de ACODAP, la Asociación Contra la Corrupción liderada por el juez Presencia.
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La querella, que ha sido presentada hoy ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, se dirige contra los directores de las cárceles de Topas, Carlos García García, y de Logroño, Laura Peña Sánchez.
También figuran como querellados varios jueces y fiscales de Salamanca y La Rioja, entre ellos, los jueces de Salamanca, Gregorio Álvarez Álvarez y José María Mateos Martín, así como la jueza de Logroño, Emma Vitoria Marín, la fiscal, Blanca Sanz Altana, y el secretario judicial, José Javier Marcos Sola.
Los hechos denunciados guardan relación con el “escándalo de los expedientes disciplinarios falsos en las cárceles españolas” descubierto por el equipo jurídico de ACODAP, la Asociación Contra la Corrupción liderada por el juez Presencia.
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